REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 01 de Julio de 2.011.
Años: 201° y 151°
Visto como ha sido presentada la solicitud de desistimiento y cierre del presente expediente de Obligación de Manutención, incoada por el oferente: FRANCISCO JAVIER CANELON UREA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 6.03.600, contra la ciudadana NATHALY DEL CARMEN RAMIREZ DE CANELON, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.314.197, ambos domiciliados al Final de la Calle 13 con Avenida 1 Sector Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual, a favor de la niña IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE OBLIGACION DE MANUTENCION, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/jt.-
EXP N° 1855/11