REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 28 de Julio de 2.011
Años: 201° y 151°
Por cuanto de la presente causa de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, incoado por el ciudadano: PASTOR JOSE LEDEZMA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 7.437.476, domiciliado en la Urbanización Tricentenario calle 7, de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, contra la ciudadana: MARIA FATIMA DE FREITAS, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 6.932.574, domiciliada en la avenida 12 entre calles 10 y 11, de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a favor de sus hijas IDENTIDAD OMITDA SEGUN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCETE, fue debidamente Homologada en fecha 25 de Octubre de 2006 y presentada como ha sido la diligencia que riela al folio 35 del expediente por la parte Demandada, donde solicita las copias certificadas de la mencionada Decisión, para solicitar formalmente el aumento de la Manutención de sus hijas y visto el tiempo transcurrido de la anterior sentencia, de conformidad con lo establecido en el art 369, parágrafo Tercero, de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente dichos montos serán ajustados en forma automática y proporcional, existiendo ya aperturado el nuevo expediente signado bajo el N° 1671/2010. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/klency.-
EXP N° 1163/2006.