REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 21 de julio de dos mil once
201 y 152º
ASUNTO: FP02-S-2011-002148
RESOLUCION N° PJ0252011000240
Por recibida y vista la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, incoada por el ciudadano JHONATAN ALEXANDER HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 21.111.509, debidamente asistido por la abogado en libre ejercicio MARIA PINO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº. 146.986, este tribunal a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente sobre la admisibilidad observa:
Que el presente procedimiento versa sobre una solicitud de jurisdicción no contenciosa, mediante el cual el solicitante pretende que este Juzgador corrija el error cometido en su partida de nacimiento, donde se indica a la ciudadana TERESA ISABEL GONZALEZ DE HERNANDEZ, con cédula de identidad Nº 11.724.865, siendo el número de cédula correcto V-11.723.295, tal como se desprende de la Copia Certificada del acta de Nacimiento anexada a la presente solicitud.
Por cuanto su fundamentación en el Articulo 773 del Código de Procedimiento civil que se señala en el escrito, esta derogado por la Ley Orgánica de Registro Civil, en sus dispocisiones transitorias; circunstancias estas que conllevan a este Juzgador declarar inadmisible la solicitud en el dispositivo del fallo.-
Por todos los razonamientos antes expuestos este tribunal Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoada por el ciudadano JHONATAN ALEXANDER HERNANDEZ GONZALEZ, y consecuencialmente se declara terminado el presente procedimiento.-
El Juez provisorio,
Abg. Orlando Torres Abache
El Secretario Tem,
Abog. Inocencia Linero
P/p. arelis
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