REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Heres
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 06 de julio de dos mil once.
201º y 152º
RESOLUCIÓN: PJ0252011000215
ASUNTO: FN02-S-1998-000006

Revisadas como han sido las actuaciones que constituyen el presente asunto, se pudo constatar que desde el 23-11-09, no se ha efectuado consignación alguna de cantidades de dinero correspondientes a cánones de arrendamiento, hasta la presente fecha, así como el saldo en cero de la cuenta de ahorros Nº 0007-0067-31-0010002703, ante la entidad financiera Bicentenario Banco Universal, en virtud del retiro que en fecha 07-07-10, hiciera la apoderada judicial de los beneficiarios SUCESION DE GIUSSEPPE LORINI, lo cual evidencia la presunta intención de la consignataria MARIA D’ANELLO de abandonar el proceso. Ahora bien, en aras de evitar la pendencia indefinida del mismo y de ahorrar a la administración de justicia cargas innecesarias, garantizando así el correctivo legal a la crisis de actividad que supone la detención prolongada de los procesos, además de evitar el congestionamiento estéril del archivo del tribunal, este Juzgado declara la decadencia de la acción por pérdida del interés y da por terminado el presente asunto, consecuencialmente, se acuerda la cancelación de la cuenta de ahorros correspondiente y el archivo definitivo del expediente. Líbrese oficio.
El Juez,

ABG. ORLANDO TORRES ABACHE
El Secretario Acc.,

JOSE RICARDO VELASQUEZ