REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintisiete (27) de julio de (2011)
(201° y 152°)

ACTA DE AUDIENCIA PARA LA LECTURA DE DISPOSITIVA DEL FALLO.

En horas de Despacho del día de hoy, miércoles (27-07-2011) siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijada según acta de fecha (21-07-2011), conforme con lo establecido en el segundo aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para que se lleve a cabo la Audiencia Oral de Lectura de la Dispositiva del Fallo; en el expediente Nº JSA-2011-000158, Presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado, el abogado JOSÉ LUCIANO VITOS SUÁREZ, Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, la abogada MARÍA LUCÍA CAMEJO MORALES y el ciudadano ANTONIO ROJAS PARRA, en su orden, Secretaria y Alguacil de este Tribunal. Presente la abogada CARLA VANESSA VERASTEGUÍ QUIÑONEZ, titular de la cédula de identidad número V-16.974.682, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 138.944, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ABRAHAM JOSÉ ALCALA SABA, titular de la cédula de identidad número V- 5.423.903, parte accionante/ apelante en la presente causa. En este estado el ciudadano Juez Superior Agrario, abogado JOSÉ LUCIANO VITOS SUÁREZ expone: “Ciudadana Secretaria sírvase dar lectura de la presente audiencia”. De seguidas, la Secretaria de este Juzgado expone: “Ciudadano Juez, se le informa que la presente audiencia se celebra en la causa signada bajo el Nº JSA-2011-000158, con motivo del recurso de apelación ejercido en el juicio (Acción Posesoria por Despojo a la Posesión Agraria), a los fines de pronunciar el Dispositivo del Fallo de conformidad con lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”. Seguidamente toma la palabra el ciudadano Juez: “Conocido el motivo de la presente audiencia, se procede a dictar la Dispositiva del Fallo en los términos siguientes: -DISPOSITIVA- Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha ocho (08) de junio de (2011) por la representante judicial del ciudadano ABRAHAM JOSÉ ALCALÁ SABA en contra la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial en fecha siete (07) de junio de dos mil once (2011). SEGUNDO: En virtud del particular anterior en los términos de esta Alzada SE CONFIRMA la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha siete (07) de junio de dos mil once (2011). TERCERO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. CUARTO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. QUINTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia. Por último se deja constancia que el texto íntegro del fallo se publicará dentro de los diez (10) días continuos siguientes a la presente fecha (27-07-2011). Finalmente, el Juez declara terminado el acto siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana (10:35a.m) la cual se dejó constancia en grabación audiovisual, y se ordena reproducir la misma en Disco Compacto (CD) para anexarla al presente expediente, asimismo ordena levantar la presente acta y se retira de la Sala. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ



LA SECRETARIA


EL ALGUACIL





LA APODERADA JUDICIAL PRESENTE,







EXP. Nº JSA-2011-000158
JLVS/MLCM/jm