ASUNTO: FP02-V-2011-000867/01
RESOLUCIÓN N° PJ0822011000614

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Visto y recibido la diligencia de fecha 14-07-2011, suscrita por la ciudadana ANNEL ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.347.170, en su carácter de representante de los menores (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), mediante la cual señala que llegó a un acuerdo con el ciudadano AMELEX MERCEDES FLAMERICH BOUZAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.507.399, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO y ordena proceder como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 263, del Código del Procedimiento Civil, el cual expresa: “ En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de sosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”, en consecuencia le imparte su homologación, dando por consumado el acto, procediendo para todos los efectos como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, y así se declara. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
LA JUEZA (1)

ABG. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA (EL) SECRETARIA (O) DE SALA

ABG.


LEMR/Daisy.-