ASUNTO: FP02-J-2011-000527
RESOLUCIÒN Nº PJ0822011000561

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
A U T O R I Z A C I O N

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO, Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana MARINÉS DE JESÚS BELISARIO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.044.207, de este domicilio, en su carácter de representante de la niña MARILÚ VALENTINA DEL VALLE RODRÍGUEZ BELISARIO, de seis (06) años de edad, para que realice y/o gestione ante el Organismo encargado, todo lo concerniente, a la expedición de pasaporte para la menor antes identificada, por cuanto, el ciudadano JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ NÚÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.016.547, dio su consentimiento plenamente, tal y como consta en el expediente Nº FP02-J-2011-000527, en fecha 29/06/2011. Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los veintinueve (29) días del mes de Junio del año dos mil once (2011).
LA JUEZ (1) DE MEDIACIÓN,


DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LEMR/Daisy.-