REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MEDIACION Y SUSTANCIACION
PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRICPION JUDICIAL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION CIUDAD BOLIVAR
Ciudad Bolívar, 20 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO: RESOLUCION Nº: PJ0832011000992
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
DICTADA EN FASE DE SUSTANCIACIÓN DECLARANDO EXTINGUIDA LA CAUSA DADA LA INCOMPARECENCIA DE AMBAS PARTES EN PROCEDIMIENTO DE INTERDICTO DE AMPARO DE LA POSESION HEREDITARIA.
En horas hábiles del día de hoy 20/06/11, siendo las nueve y treinta de la mañana, día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: Maria Mota Montes y Guillermina Aviles, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 16.221.857 y 781.253 , respectivamente, a la fase de Mediación de la audiencia preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 470 de la LOPNNA, en la causa por INTERDICTO DE AMPARO DE LA POSESION HEREDITARIA, el Tribunal debidamente constituido, ordenó la apertura de la sesión para la Mediación, y en consecuencia deja constancia que no comparecieron ninguna de las partes a la presente audiencia, por lo cual administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Extinguida la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 477 de la LOPNNA y ordena el archivo de las presentes actuaciones. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. La presente se levanta de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la LOPNNA.-----------------------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION.
DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ.
LA SECRETARIA
DRA. CAROLIONA QUIJADA GUEVARA.
FGP/fgp.
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