REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 22 de junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO: FP02-J-2011-000370
RESOLUCIÓN NRO. PJ0832011001009
Sentencia Interlocutoria: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Jesica de Jesús García Díaz.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
Abogada: Maria Pérez, Defensora Publica Segunda.
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: NIXON ALEXANDER CUENCA CASTILLO, fallecido Ab-Intestato en Ciudad Bolívar, el día 24 de Diciembre del año 2010, a su hijo menor de edad: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES CUENCA GARCIA, de Cinco (05) años de edad. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a las solicitantes y déjese copia certificada del fallo completo. Déjese constancia en el Libro Diario.-
EL JUEZ DE MEDIACION (2),
DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG.
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