REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, seis de junio de dos mil once.

201º y 152 º

Revisado como ha sido el presente expediente y visto el auto de fecha 01/06/2011, inserto al folio 66, en el cual se ordena la redistribución a través de la URDD, a los fines de que sea redistribuido al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, y vista la diligencia que obra inserta al folio 62, suscrita por la ciudadana MARIA AURELIA MEZA DE CARRERO, plenamente identificada en autos y asistida por la abogada ZULMA MARIA CARRERO DE ARAQUE, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 65.432, y por cuanto se evidencia la mayoría de edad de la ciudadana MARIA SOLEDAD CARRERO MESA, según se desprende de la copia simple del Acta de Nacimiento Nro. 318, inserta al vuelto del folio 05, así como de la copia simple de la cédula de identidad que obra inserta al folio 12. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 23042. SOLICITANTE: MEZA DE CARRERO MARIA AURELIA y ADOLESCENTE: OMITIR NOMBRE. MOTIVO: TUTELA. PROCEDENCIA: TRIBUNAL 1ERO DE 1ERA INSTANCIA DE JUICIO. FECHA DE ENTRADA. Día: 01. Mes: Junio. Año: 2.011.-
LA JUEZA


ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE.


LA SECRETARIA


ABOG. LINDA GUILLEN VERGARA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.

LA SRIA.

FJBM/23042