REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres
Ciudad Bolivar, veintinueve de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : FP02-V-2010-000147
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242011000096
Vista la anterior demanda de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesta, JORGE SAMBRANO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.853.815, Abogado en ejercicio, Inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 25.138 y de este domicilio, contra el ciudadano MORGAN JOSE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.489.051 y de este domicilio, este tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad observa:
Que la parte actora no consignó las copias certificadas de la causa que curso por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el N° FP02-V-2006-769, contentivo del juicio que por ACCION DE REIVINDICACION DE INMUEBLE, incoara la ciudadana Damelys Itriago contra Morgan Jose Rojas, la cual origina las actuaciones que generaron los Honorarios reclamados, y visto el auto que antecede en el cual se evidencia el tiempo transcurrido para que la parte accionante consignara las referidas copias certificadas sin que lo realizara, pasa este Tribunal Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar a declarar la INADMISIBILIDAD de la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales interpuesta por Jorge sambrano Morales. ASI SE DECIDE.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada en este Juzgado. Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 29 de marzo del año 2011.
LA JUEZA TEMPORAL.
DRA. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO
LA SECRETARIA.
ABG. LOYSI MERIDAAMATO.
MEF/lma.