REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolivar, once (11) de marzo de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: FP02-S-2011-000711
Resolución Nº: PJ0262011000070


Visto el escrito que antecede, de fecha 03 de Marzo de 2011, interpuesto por la ciudadana CARMEN AMADA PRADO, mediante el cual hace oposición a la solicitud de declaración de únicos y universales herederos planteada por la ciudadana MATILDE MARCANO DE RONDON, alegando ser concubina del de cujus JOSE JESUS RONDON, cuyo fallecimiento dio lugar a la presente solicitud.
Ahora bien, por cuanto los argumentos expuestos por la ciudadana CARMEN AMADA PRADO evidencian que entre ella y la solicitante mantienen una situación de conflicto en torno al fallecimiento del ciudadano arriba identificado, contención ésta cuya resolución compete a la jurisdicción contenciosa, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley sobresee este procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil para que los interesados propongan las demandas que consideren pertinentes.
El Juez,

Dr. NOEL AGUIRRE ROJAS
La Secretaria

Abg. HELENE LANZ GOLDING

NAR/hl/enilse,