ASUNTO: FP02-J-2011-000258
RESOLUCION Nº PJ0822011000301

SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha: 10-03-2011, suscrita por los ciudadanos: : WLADIMIR JOSE GRILLET y YURVIS DE LOS ANGELES CRUZ BRICEÑO, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo escrito cursa en autos al folios 02 y 03, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375, 387 y 518 de la LOPNNA concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC. En consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

LA JUEZA DE MEDIACION (1)


ABG. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA SECRETARIAD DE SALA

ABG.


Yioleska Oyuela -.asistente.-