REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 30 de marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: FP02-J-2011-000148
RESOLUCIÒN Nº PJ0822010000327
Sentencia Interlocutoria.
A U T O R I Z A C I O N
DRA. LIGIA E. MORENO RIVERO, Juez de Mediación Nº (01) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana: CLARA AURORA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.910.381 y en vista de la opinión favorable del Fiscal Especializado en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA EN FORMA AMPLIA Y SUFICIENTE, a la Ciudadana: CLARA AURORA PEREZ, para que previa las formalidades legales, en nombre de su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTE, para que tramite todo lo relacionado al cobro de la Cuota Parte por ante de la Dirección General de Recursos Humanos, División de Tramites y Egresos del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Zona Bolívar, ya que le corresponde a su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTE, por el fallecimiento de su padre ciudadano: LUIS ENRIQUE PASTRANO ALCALA, la cual corresponde a una Cuota Parte que le corresponde por Pensión de Sobreviviente y cualquier otro beneficio dejado. Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese constancia en el Libro Diario.-
Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los Treinta (30) días del mes de Marzo del año 2011.
LA JUEZ DE MEDIACIÒN (1)
DRA. LIGIA MORENO RIVERO LA SECRETARIA DE SALA
ABG.
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