REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL N° 01

El Vigía, 13 de Marzo de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-000572
ASUNTO : LP11-P-2011-000572

ORDEN DE ALLANAMIENTO
SE HACE SABER:

A los ciudadanos(a): ALVARO RAMOS, apodado EL NEGRO MOCHO, que por decisión de esta misma fecha, de conformidad con el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ACORDÓ AUTORIZAR a la ciudadana ABG. SUSAN IDENNE COLINA, en su condición de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público, para que por si misma o por medio de una comisión de Funcionarios, por una comisión de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación de Caja Seca, estado Zulia, al mando del comisario José Manuel Jiménez, para que practiquen en el inmueble arriba señalado y sus dependencias, un REGISTRO, para UBICAR E INCAUTAR ARMAS DE FUEGO DE DIFERENTES TIPOS Y CALIBRES, que guardan relación con la averiguación penal 14F6-291-2011, la cual se realizará en presencia de dos (02) testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación alguna con la Policía. A tal fin, y si el imputado (a) se encuentra presente y no está su defensor, se pedirá a otra persona que lo asista, conforme al artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal A tal efecto, los funcionarios deberán identificarse con sus respectivas credenciales y entregar una copia de esta orden a quien habite en el lugar o se encuentre en él, a los fines de su notificación, advirtiéndosele que deberán cumplir con todos los requisitos de los artículos 210 y 212 del Código Adjetivo Penal. Esta orden caduca a los TRES (03) DIAS, contados a partir de la presente fecha (12-03-11). LA MISMA NO ES VALIDA CON ENMIENDAS.

EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01,

ABG. RAUL EDUARDO USECHE PERNIA