JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE INDEPENDENCIA COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe; 23 de mayo de 2.011
Años: 201° y 152°

La presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, suscrita y presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO PIÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-3.457.216, asistido de la abogada YADIRA PARRA de AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado con el número 14.139, la cual fue recibida en este Juzgado por distribución, en fecha treinta (30) de marzo de dos mil once (2011), y admitida por auto de fecha seis (06) de abril del mismo año, en el que se ordenó fijar un lapso de quince (15) días de despachos siguientes a esa fecha, a los fines de que el solicitante consignara en autos la ficha catastral del inmueble en cuestión, conforme lo establece el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien, el solicitante, ciudadano LUIS ALBERTO PIÑA, antes identificado, expone en la solicitud, que en una extensión de terreno municipal que mide aproximadamente CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO DECIMETROS (436,58 mts2), alinderado de la manera siguiente: NORTE: con la casa que es o fue de Olga Piña; SUR: con parcela número 01, ESTE: con el Complejo Diocesano Pablo VI y OESTE: con la prolongación de la calle Principal que es su frente, ubicado en el callejón Maestra Elías y futura calle del Barrio La Mosca, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, la cual consiste en una (01) casa en construcción, con sus instalaciones de aguas blancas, servicios de cloacas, fundaciones, con sus paredes de bloque, la cual se encuentra cercada con paredes de bloque con varios árboles frutales, con un valor aproximado de ocho mil bolívares (Bs. 8.000,00), por lo que solicita se le declarare Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad a su favor.
Al respecto este Tribunal, una vez verificada las actas infiere que habiendo transcurrido el tiempo fijado para presentar la ficha catastral del inmueble en cuestión, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, se abstiene de decretar TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LUIS ALBERTO PIÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-3.457.216, conforme lo establece el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho. En San Felipe a los veintitrés (23) días del mes de mayo de 2.011. Años: 201° y 152°.
La Juez Temporal,
ZOILY CRISTINA ACACIO ROBLES

La Secretaria,
ANDREINA JOSEFINA RODRÍGUEZ REYNOSO

En esta misma fecha y siendo las tres y veinticinco de la tarde (3:25 p.m.), se publicó y registró la anterior decisión.

La Secretaria,

ANDREINA JOSEFINA RODRÍGUEZ REYNOSO