REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 04 de Mayo de 2.011.
Años: 200° y 151°

Por cuanto de la presente causa de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, incoado por el ciudadano: JOSE ERNESTO CASTILLO ESLAVA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.992.681, domiciliado en la Avenida 11 con Calle 3 y 4, Sector la Peñita de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual, contra la ciudadana NAIR ALEJANDRA TEJERA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.684.920, domiciliada en la Urbanización Tricentenario, Calle 7, numero de la casa N-14 de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual, a favor del niño Cuyo nombre se omite por disposición del articulo 65 de la ley orgánica para la protección del niño, niña y adolescente, fue debidamente Homologada en fecha 19 de Octubre del año Dos Mil Nueve (2009) y presentada como ha sido la solicitud de cierre del presente expediente por cuanto las partes llegaron a un amistoso acuerdo y el oferente entregara el dinero voluntariamente a la madre de su hijo, Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez,

Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria

Abg. Erlen Martínez

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.

La Secretaria

Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/jt.-
EXP N° 1511-09