REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR

EXPEDIENTE: FPO2-L-2010-0000090

PARTE ACTORA: PEDRO JESUS RINCONES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 8.859.367.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE VIRGEN DE LA CANDELARIA, C.A. (TRANVIRCAN, C.A.)
APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YAMILES VELASQUEZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº: 119.770.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día de Hoy, nueve (09) de mayo de 2011, siendo las 09:00 a.m. fecha y hora para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que a la presente prolongación solo compareció la ciudadana YAMILES VELASQUEZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº: 119.770, quien actúa como Co-Apoderada Judicial de la empresa demandada TRANSPORTE VIRGEN DE LA CANDELARIA, C.A. (TRANVIRCAN, C.A.), tal como se evidencia del Instrumento Poder que cursa en el expediente. Por tal motivo, se declara el desistimiento del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las nueve y Cuarenta minutos de la mañana (09:40 a.m.).

El Juez


Abg. José Joaquín Marín Muñoz





La Co-Apoderada Judicial de la Parte Demandada


El Secretario,

Abg. Axel Martínez