REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Cuatro (04) de Mayo de Dos Mil Once (2011).
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2010-000923
ASUNTO : FP11-L-2010-000923
Vista la diligencia de fecha 29/04/2011 consignada por el ciudadano CHISTOPHER ALEJANDRO DÍAZ ROJAS, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.869, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS (PDVAL), mediante la cual señala que la ciudadana NATALKI PRATO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.371.296, fue desincorporada directamente por el Ministro de Alimentación el General Carlos Osorio en su carácter de Presidente de la PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS (PDVAL), ya que dicha trabajadora prestaba servicios a una institución adscrita al Ministerio Popular de la Alimentación, desempeñando un cargo de función pública, con remuneración de carácter permanente y debidamente nombrada por la Presidencia de la Productora y Distribuidora de Alimentación (PDVAL), motivo por el cual cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley de Estatutos de la Función Pública lo cual la convierte en una funcionaria pública, es por lo que solicita se decline y declare la incompetencia del Tribunal, y remita el expediente al Tribunal correspondiente.
Ahora bien, este Juzgadora previo a su pronunciamiento realiza las siguientes observaciones: Se evidencia en los autos al folio 15 del expediente, el instrumento poder consignado por la representación judicial de la Sociedad Mercantil PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS, S. A (PDVAL) en el cual se constata que el ciudadano CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.397.281 es el Presidente de dicha Sociedad Anónima, empresa del Estado adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, mediante Decreto Presidencial Nº 7.540 de fecha 01/07/2010, publicado en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.474 de fecha 27/07/2010.
Del mismo modo, se evidencia al folio 35 comunicación realizada por el ciudadano CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO, Presidente de la PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS, S.A (PDVAL) a la ciudadana PRATO BAEZ NATALKY LOURDES, mediante la cual se le señala que a partir de la fecha 06/11/2010 se terminaba la relación de trabajo que esta mantuvo con la empresa, donde prestaba sus servicios como SUPERVISOR EN EL AREA DE SUPERVISIÓN DE CONTRATOS, adscrito a la Coordinación del Estado Bolívar, devengando un salario mensual de Bs. 4.519,00, por lo que concluye esta sentenciadora que la actora es una funcionaria pública. Y así se establece.
En consecuencia, fundamentándose esta juzgadora en los hechos y las pruebas antes señaladas, es por lo que este Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA; y en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA al JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ. Y ASÍ SE DECIDE. Líbrese el Oficio correspondiente, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, en concatenación con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO.
ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.
LA SECRETARIA DE SALA.
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