REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, nueve de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: FH02-X-2011-000046
Asunto Principal: FP02-V-2011-000524

Visto el escrito cursante los folios 13-14 del cuaderno principal presentado el 25/04/2011 por la ciudadana Ysmarlys Alejandra Duerto Jiménez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.145.581, debidamente representada por el profesional de derecho ciudadano Pedro Rafael Goitia Manzano, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 9.566, este Tribunal abre el presente cuaderno, el cual se denominará cuaderno de medidas y llenos los extremos legales en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 191.3 del Código Civil y en concordancia con el artículo 599.3 del Código de Procedimiento Civil, decreta medida preventiva de secuestro, sobre el vehículo Marca: CHEVROLET; Modelo: LUV; Serial de Carrocería: 8LBETF1M480007076; Serial del Motor: 6VE1-283649; Placas: A12AF9K; Color: ROJO; Uso: CARGA; Año: 2008; Tipo: PICK-UP D/CABINA; Clase: CAMIONETA; a tales efectos se ordena comisionar suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con competencia para la población de Valle La Pascua.
Igualmente se ordena oficiar lo conducente a cualquier Autoridad Civil y/o Militar de la República Bolivariana de Venezuela, para que proceda a la detención administrativa del vehículo antes mencionado. Líbrese la comisión y los oficios correspondientes.
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria Accidental,

T.S.U. Lerys Barreto.-
Yinet.
Resolución Nº PJ0192011000216