ASUNTO: FP02-J-2011-000305
RESOLUCIÒN Nº PJ0822011000454
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
A U T O R I Z A C I O N
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO, Juez de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana NELIDA JOSEFINA ROSILLO CARPIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.913.077, actuando en representación de su hijo (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de quince (15) años de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.507.485, para que realice y/o gestione la venta del Inmueble ubicado en la Calle Presentación Guerrero, Sector 1, Manzana 4, Nº Catastral 20, Caicara del Orinoco, Municipio General Manuel Cedeño del Estado Bolívar, cuya superficie es de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADO CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (268 m2, 75cm), con los siguientes linderos y medidas. NORTE: Casa del señor Antonio Macabril, con veinticinco metros lineales (25ml). SUR: Casa de la señora Julia Suez, con veinticinco metros lineales (25ml). ESTE: Casa de la señora Isabel Tovar, con nueve metros lineales (9ml). OESTE: Calle Prestación Guerrero, que es su frente, con doce metros lineales (12ml). Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los Veintiséis (26) días del mes de mayo del año 2011.
LA JUEZ
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LEMR/Jessica.-
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