REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 24 de mayo de 2011
201º y 152º

Expediente Nro. 01789
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: DORIS MAGALLY QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.479.688.
DEMANDADO: EDGAR RAMON GUTIERREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.104.413.
DESCENDIENTE: OMITIR NOMBRE, de 16 años de edad.
MOTIVO: AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Se recibió el 02 de marzo del 2011, solicitud presentada por la ciudadana DORIS MAGALLY QUINTERO, plenamente identificada en autos, contra el progenitor de su hija ciudadano EDGAR RAMON GUTIERREZ CONTRERAS, también identificado.
El día de hoy siendo la oportunidad para llevar la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación verificando la comparecencia de las partes, según consta en el acta que antecede los ciudadanos DORIS MAGALLY QUINTERO y EDGAR RAMON GUTIERREZ CONTRERAS, quien manifestó ofrecer como obligación de manutención la cantidad de OCHOCIENTOS BILIVARES (Bs. 800,00) mensuales, pagaderos los días diez (10) de cada mes, a partir del mes de junio del presente año, se establecen dos Bonos Especiales pagaderos en los meses de agosto y diciembre de cada año, por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) cada uno de éstos, así mismo se establece un aumento anual del 30%, cantidades éstas que deberán ser depositadas en una cuenta de ahorros que se aperturará para tal fin a nombre de la adolescente OMITIR NOMBRE. Las partes solicitan se homologue el acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente.------------Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos DORIS MAGALLY QUINTERO y EDGAR RAMON GUTIERREZ CONTRERAS, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la adolescente de autos. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.

La Jueza

Abg. Gladys Yolanda Jaspe

La Secretaria
Abg. Linda Guillen Vergara


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sría.