REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres
del Primer Circuito Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, Diez de noviembre de dos mil once
201º y 152º
RESOLUCION N°: PJ0252011000369
ASUNTO: FN02-V-2009-001566
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Abogado JORGE SAMBRANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara la empresa mercantil AUTO CAMIONES GUAYANA, C.A. a la empresa mercantil CONSTRUCCIONES MONARCHOS I, C.A., mediante la cual desiste del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACION, teniéndose como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Se acuerda devolver al demandante de autos, los documentos originales que se encuentra en la presente causa, previa su certificación en autos.
El Juez provisorio,
Abg. Orlando Torres A.
La secretaria temp.,
Abg. Inocencia Linero
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