REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciocho de noviembre de dos mil once
201º y 152º
RESOLUCION N°: PJ0252011000381
ASUNTO: FP02-S-2011-003786

Visto el despacho saneador dictado por este tribunal en fecha 08-11-2011, mediante la cual instó a las partes a la consignación del documento (acta de Matrimonio) en un lapso de cinco días hábiles de despacho y, por cuanto de auto se desprende, que los solicitantes no cumplieron con la carga de consignar el referido documento, este tribunal desestima dicha solicitud y ordena devolver los originales previa certificación en autos, y dar por terminado el presente asunto,.Archívese el presente asunto.-
El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temp.,

Abog. Inocencia Linero