REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES DEL
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR

Ciudad Bolívar, 22 de noviembre de dos mil once
201º y 152º


RESOLUCIÓN Nº: PJ0252011000385

ASUNTO: FP02-S-2011-003896

Visto el auto de fecha 15-11-2011, mediante el cual este tribunal instó a los solicitantes de la presente solicitud de DIVORCIO (185-A), ciudadanos JOSÉ LUIS ZAPATA RENDÓN y MARÍA ELENA COVA, identificados en autos, a señalar la dirección correcta del último domicilio conyugal, en un lapso de CUATRO días de despacho siguientes y, precluÍdo el lapso fijado sin que se haya dado cumplimiento a lo solicitado; lo que imposibilita a este juzgador a pronunciarse sobre la admisión de la misma; en consecuencia, conforme lo establece el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal DESESTIMA la solicitud y ordena su archivo definitivo.-
El Juez,

Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temporal,


Abg. Inocencia Linero de Cárdenas