REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres
del Primer Circuito Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, ocho de noviembre de dos mil once
201º y 152º
RESOLUCION N°: PJ0252011000263
ASUNTO: FP02-V-2011-001279
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano JONNY MONASTERIO, venezolano, con cédula de identidad Nº 17.837.918, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 132.433, actuando en su propio nombre y representación, parte demandante, en el juicio que por DAÑOS y PERJUICIOS, incoara a los ciudadanos JOSE GREGORIO RODRIGUEZ ODREMAN y JOSE RAFAEL ORTEGA OBREGON, mediante la cual desiste del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACION, teniéndose como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Se acuerda devolver al demandante de autos, original de los documentos originales, insertos en el presente asunto, previa su certificación en autos.
El Juez provisorio,
Abg. Orlando Torres A.
La Secretaria Temp.,
Abg. Inocencia Linero
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