ASUNTO: FP02-V-2011-001353
RESOLUCION: Nº PJ82201101066
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE
En horas hábiles del día de hoy 10/11/11, siendo las Dos y Treinta de la Tarde (02:30 Pm) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: FELIX HERNAN ALFONZO PINEDA y JULISSA MARIA OROPEZA LARRAGAÑA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-13.622.112 y 11.173.553, respectivamente, en la causa de DIVORCIO CONTENCIOSO, Causales 2º y 3º del Articulo 185 del Código Civil, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante. Se deja expresa constancia que al mismo compareció la parte demandada ciudadana: JULISSA MARIA OROPEZA LARRAGAÑA, plenamente identificada en autos y debidamente asistida del ciudadano: ALCIDES BARTOLOZZI, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en INPREABOGADO Bajo el Nº 23.089, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Se ordena la suspensión de las Medidas decretadas en la presente causa. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LA PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
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