REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 17 de Octubre de 2011.
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : FP02-S-2011-002735
Resolución Nº: PJ0262011000257

Vista la anterior solicitud DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana: XIOMARA MARGARITA VALERA DE CHACIN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.551.238 domiciliada en Soledad Municipio Independencia acá de Tránsito, debidamente asistida en este acto por el ciudadano: VICTOR TEJEDA TORRES abogado en ejercicio inscrito en inpreabogado bajo el Nº 92.508 de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare, y a la ciudadana: MIRAIDA COROMOTO VALERA CHAPARRO, como únicas y universales herederos del de cujus, ROGERS RAFAEL VALERA CHAPARRO, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisibilidad observa:

En el presente caso se observa que el solicitante no acompañó copias certificadas de las actas de nacimientos de las ciudadanas: XIOMARA MARGARITA VALERA DE CHACIN, MIRAIDA COROMOTO VALERA CHAPARRO y la del de-cujus ROGERS RAFAEL VALERA CHAPARRO el cual fundamenta la presente solicitud, cuestión por la cual este Tribunal TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Inadmisible la presente solicitud. Así se decide.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.



Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los diecisiete (17) días del mes de Octubre del año dos once (2011) Años: 201° de la Independencia y 152° de la federación.

El Juez,

Dr. Noel Aguirre Rojas

La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las tres y quince minutos de la tarde (05:15 p.m.).
La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding

NAR/hl/enilse.
c.c: achivo.