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ASUNTO: FP02-V-2010-001068
 RESOLUCION: PJ0822011000905
 
 SENTENCIA INTERLOCUTORIA
 ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
 SIN PRESENCIA DE LAS PARTES
 
 En horas hábiles del día de hoy 24/10/11, siendo las Nueve y Treinta (09:30 Am) de la Mañana día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: JOSE ALI GARCIA CUPARE y LIRIDA MILITZA SANCHEZ, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V- 13.326.264  y 14.133.419, respectivamente, en la causa de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de los niños: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de Catorce (14) y Nueve (09) años de edad, respectivamente.  Se deja expresa constancia que al mismo  no compareció la parte demandante ciudadano: JOSE ALI GARCIA CUPARE,   por lo cual, se considera  DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 477, Segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
 LA JUEZ DE MEDIACION (1)
 
 DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
 
 LA SECRETARIA DE SALA
 
 Abg. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
 
 
 
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