ASUNTO: FP02-V-2009-001730
RESOLUCION: PJ0822011000853

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE

En horas hábiles del día de hoy 04/10/11, siendo las Dos y Treinta (02:30 pm) de la Mañana día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: ELBANI JEECEL HIDALGO SALAZAR y LUIS ALBERTO GUILLEN TABOR, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V- 18.621.987 y 16.390.501, respectivamente, en la causa de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del niño: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de Cinco (05) años de edad. Se deja expresa constancia que al mismo no compareció la parte demandante ciudadana: ELBANI JEECEL HIDALGO SALAZAR, por lo cual, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 477, Segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA SECRETARIA DE SALA
Abg. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.