ASUNTO: UP11-J-2011-001002
PARTE SOLICITANTE: El ciudadano FRANKLIN ENRIQUE ALVRADO DOMINGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 7.918.241, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos NELBI JOSE, JAVIER JESUS, CINTHIA DINORA, WILLIAMS NIVALDO ALVARADO DOMINGUEZ, y JAIME HILARION PALIMA DOMINGUEZ (mayores de edad), así como el adolescente Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.890.562, quines se encuentran asistidos por el abogado RONALD JOSE RAMIREZ PEÑA, Impreabogado Nº 123.482.
MOTIVO: TITULO DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS.

En fecha 29 de Julio de 2011, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentados por el ciudadano FRANKLIN ENRIQUE ALVRADO DOMINGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 7.918.241, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos NELBI JOSE, JAVIER JESUS, CINTHIA DINORA, WILLIAMS NIVALDO ALVARADO DOMINGUEZ, y JAIME HILARION PALIMA DOMINGUEZ (mayores de edad), así como el adolescente Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.890.562, quines se encuentran asistidos por el abogado RONALD JOSE RAMIREZ PEÑA, Impreabogado Nº 123.482, herederos de la ciudadana HILDA RAMONA DOMINGUEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nº 2.572.061, fallecido ab-intestato en fecha 13 de Febrero de 2011.
En fecha 03 de Agosto de 2011, se admitió la presente causa, asimismo, se acordó prescindir de la realización de la audiencia de la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, y decidir la solicitud dentro de los cinco (5) días siguientes de que constara en autos, la declaración de los testigos promovidos.
A los folios 30 y 31 del expediente, rielan declaraciones de los testigos, ciudadanos HECTOR JOSE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 7.589.472, Militar Retirado, domiciliado Avenida 17, entre calle 18 y 19, Nº 19-28, Sector Cascabel, municipio Independencia estado Yaracuy y KEILA SUSANA LOPEZ BARCELO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 13.088.804, Secretaria, domiciliada Urbanización Juan José de Maya, Manzana J-7, Casa Nº 1, municipio San Felipe estado Yaracuy.
Revisadas las actuaciones del expediente y por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, en consecuencia, este Tribunal Tercero de primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, al ciudadano FRANKLIN ENRIQUE ALVRADO DOMINGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 7.918.241, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos NELBI JOSE, JAVIER JESUS, CINTHIA DINORA, WILLIAMS NIVALDO ALVARADO DOMINGUEZ, y JAIME HILARION PALIMA DOMINGUEZ (mayores de edad), así como el adolescente Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.890.562, como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana HILDA RAMONA DOMINGUEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nº 2.572.061, fallecida ab-intestato en fecha 13 de Febrero de 2011, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvase los originales con sus resultas a los solicitantes y déjese copia fotostática certificada en el archivo de este Tribunal. San Felipe a los seis (06) días del mes de Octubre de 2011. Año 201º y 152º.
La Jueza,

Abg. ANA MATILDE LOPEZ MERCADO.
La Secretaria,

Abg.

En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión siendo las 03:55 p.m.

La Secretaria,

Abg.