REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA.
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN No. 02
El Vigía, 05 de Octubre de 2.011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-001243

AUTO ACORDANDO COMPUTO ACTUALIZADO

Vista la petición dirigida por el penado LUIS EDUARDO VILLARREAL, titular de la cédula de identidad No. V-26.926.252, debidamente asistido por la Abg. Yasmina Pérez D`Jesús, Defensora Pública Segunda adscrita a la Coordinación de la Defensa Pública de esta entidad, para la fase ejecución, y por lo tanto del prenombrado penado, formulada durante la Visita Carcelaria que este Tribunal realizara el día tres (03) de los corrientes en el Internado Judicial de la Región Andina (Cepra), ubicado en San Juan de Lagunillas, de esta jurisdicción, mediante la cual solicita cómputo actualizado de pena cumplida, y así mismo su traslado a la casa de su abuela, quien es una persona mayor (98 años) manifestado que la misma está muy enferma, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución No. 02, en cuanto al primer pedimento, de conformidad con lo establecido en el artículo 482, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, ordena elaborar Cómputo Actualizado para verificar el tiempo de pena cumplida por el prenombrado penado, y en cuanto al traslado solicitado acuerda fijar audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 483, eiusdem, y a tal efecto se observa:

El penado LUIS EDUARDO VILLARREAL, fue detenido el día 01.06.2010, permaneciendo privado de su libertad hasta el día de hoy, 05-10-2011, acumulando una pena cumplida, Sin Redención, de Un (01) Año, Cuatro (04) Meses y Cuatro (04) Días, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS de PRISION, le resta por cumplir la pena de: TRECE (13) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS, DE PRISION, la cual cumplirá el día: 31 de Mayo de 2.025, AL FINALIZAR EL DÍA.

Notifíquese la presente decisión a la Fiscalía XXII del Ministerio Público, a la Defensa Pública, y al penado LUIS EDUARDO VILLARREAL, al que se acuerda trasladar desde el Internado Judicial de la Región Andina, ubicada en San Juan de Lagunillas, de esta jurisdicción, el día Jueves 19 de los corrientes, a las 10:00 a.m., a objeto de imponerlo del presente cómputo, y realizar la audiencia que se fija para el mismo día, a las 11:00 a.m., para decidir en cuanto a la solicitud de traslado dirigida por el prenombrado penado. Líbrese oficio y Boleta de Traslado al Director del Centro Penitenciario de la Región Andina. Cúmplase.

El Juez en Funciones de Ejecución No. 02,

Abg. Noel Enrique Petit Leal

La Secretaria,

Abg. Liz Catherine Vásquez

En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se libraron Boletas de Notificación Nos._____________________________.Se libraron Oficios Nos._______________________________.-
Conste/Stria.,