REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cinco de octubre de dos mil once.

201° y 152°

Vencido como se encuentra el lapso legal de apelación contra la sentencia interlocutoria, con fuerza de definitiva, dictada por este Tribunal en fecha 18 de mayo de 2011, la cual riela del folio 1610 al 1636 del presente expediente, sin que ninguna de las partes haya hecho uso de tal recurso, este Juzgado declara firme dicha decisión. Ahora bien, como corolario del anterior pronunciamiento, y a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el particular “QUINTO” del fallo supra citado, este Tribunal SUSPENDE medida de embargo ejecutivo, decretada en fecha 09 de diciembre de 1993, por el otrora Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, y ejecutada por el entonces Juzgado Primero de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según acta de fecha 19 de enero de 1994 (vuelto del folio 02 al 07 del cuaderno separado de medida de embargo), sobre cinco (05) bienes inmuebles, plenamente identificados en la referida acta, propiedad de los co-demandados, ciudadanos: EDDY MÉNDEZ MÁRQUEZ, DULCE DE QUINTERO, ORLANDO GUERRERO TORRES, JUSSEF MUJALLI ABBI MAROUD e IRADI TORRES DE MORENO. Notifíquese de la suspensión de la medida, mediante oficio, a los co-demandados, ciudadanos EDDY MÉNDEZ MÁRQUEZ, DULCE DE QUINTERO, ORLANDO GUERRERO TORRES, JUSSEF MUJALLI ABBI MAROUD e IRADI TORRES DE MORENO, en su carácter de Depositarios Judiciales, en la persona de su apoderada judicial, abogada en ejercicio CIOLY JANETT ZAMBRANO; y anéxese al oficio de participación copia certificada del acta contentiva del embargo en cuestión. Certifíquese por auto separado copia del acta que obra al vuelto del folio 02 al 07 del cuaderno separado de medida de embargo. Cúmplase. Archívese el presente expediente.

EL…

… JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO


LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se ofició a la abogada en ejercicio CIOLY JANETT ZAMBRANO, en su condición de APODERADA JUDICIAL DE LOS DEPOSITARIOS JUDICIALES, bajo el N° 626-2011; y se archivó el presente expediente. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/yp.-