REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
CHIVACOA, 28 de Septiembre de 2011
AÑOS: 201° y 152°
Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio Nº 6688/2937, de fecha 12 de agosto de 2011, procedente del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial Región Centro Norte Valencia, relativo al Juicio por QUERELLA FUNCIONARIAL, Expediente Civil Nº 10.082, interpuesta por el Abogado SEGUNDO RAMÓN RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.758, con carácter de apoderado judicial de la ciudadana PASTORA COROMOTO RODRÍGUEZ ALVARADO, Cédula de Identidad Nº V-7.576.971, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO URACHICHE, ESTADO YARACUY. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 736/11, acordándose su fijación una vez que la parte actora lo solicite. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/mcgv.-
Com.736/11
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 28 de Septiembre de 2011
Año: 201° y 152°
Vista la diligencia presentada por la ciudadana PASTORA COROMOTO RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.576.971, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.464.037, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.418, donde solicita al Tribunal se sirva fijar día y hora para la práctica la medida comisionada, en consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas fija su traslado y constitución, para la práctica de la medida de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, en la población de Urachiche, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, para el día Miércoles 05 de Octubre de 2011, a las 9:00 de la mañana. Ofíciesele a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy y al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/vapa
COM. No. 736/11
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, la Trinidad, Arístides Bastidas Bruzual, Urachiche, José Antonio Páez y Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
En el día de hoy Cinco (05) de Octubre del año Dos Mil Once (2011), siendo las 9:00 AM. Oportunidad fijada por este despacho, se trasladó en forma gratuita tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y se constituye este Tribunal Ejecutor de Medida de los Municipios Sucre, la Trinidad, Arístides Bastidas, Bruzual, Urachiche, José Antonio Páez y Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, conformado por el Juez Temporal Abg. Giovanni Alfonso Ramírez Marín, el Alguacil Titular Douglas Eduardo Escalona Daza y el Secretario Titular Abg. Villasmil Antonio Petit Aponte, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, que en juicio por QUERELLA FUNCIONARIAL, Expediente Nº 10.082, de la nomenclatura del Tribunal de la causa, interpuesta por el Abogado SEGUNDO RAMÓN RAMÍREZ., Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.758, con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana PASTORA COROMOTO RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.576.971, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO URACHICHE, ESTADO YARACUY, en la que se Comisiona a este Tribunal la Práctica de la medida de REINCORPORACIÓN Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, en la cual se decretó la ejecución forzosa de la sentencia dictada el 15 de Julio de 2008, y confirmada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 15 de Junio de 2009, por el cual se declaró “CON LUGAR la Querella Funcionarial, interpuesta por el Abogado SEGUNDO RAMÓN RAMÍREZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.758, con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana PASTORA COROMOTO RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.576.971, Contra la Alcaldía del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, y se ORDENA la reincorporación de la querellante al último cargo, Secretaria en la Coordinación de Registro Civil, dependiente de la Alcaldía del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, o en caso de no existir, a uno de igual o similar categoría, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su desincorporación, hasta la reincorporación definitiva al cargo, a los fines de su calculo se ordena experticia complementaria al fallo de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil”. El Tribunal se encuentra constituido en la Sede de la Alcaldía del Municipio Urachiche Estado Yaracuy, ubicada en la Carrera 03 entre Calles 6 y 7, de la Población de Urachiche, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, el Tribunal se encuentra acompañado por una Comisión de la Policía Uniformada del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, al mando del Oficial Agregado Antonio José Sosa Ochoa, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.079.944, a su vez se encuentra presente en este acto el Abogado César Tovar González, titular de la Cédula de Identidad N° 5.464.037, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.418, asistiendo en este acto a la ciudadana Pastora Coromoto Rodríguez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.576.971, parte actora en este juicio y quien se encuentra presente en este acto. Seguidamente de conformidad con lo previsto en el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal procede a notificar de la Medida a los ciudadanos Douglas Rafael Sionchez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.462.966, quien es el Alcalde del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, y al ciudadano Carlos Ortzi Pérez Astorquiza, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.643.434, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.566, quien funge como Sindico Procurador Municipal, Vista tal exposición, es por lo que el Tribunal le hace saber a los Notificados y a los demás intervinientes en esta medida que por cuanto el derecho a la defensa es un derecho Constitucional inherente a la persona humana, el cual debe ser garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso y siendo la fase de ejecución de medidas una etapa del proceso, en este estado el Tribunal le cede la palabra al Sindico Procurador Municipal, quien expone: a los fines de dar cumplimiento a la Ejecución Forzosa dictada en fecha 15 de Julio de 2008, emitida por el Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte Valencia, signado bajo el Nº de Expediente 10.082, la Administración Pública Municipal acuerda Reincorporar a la ciudadana Pastora Coromoto Rodríguez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.576.971, en su antiguo cargo de Secretaria de Registro Civil dependiente de la Alcaldía del Municipio Urachiche, tal como lo establece la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica del Registro Civil, en lo referente a los Pagos de los Salarios Caídos, será incorporada dicha deuda para el presupuesto del Año 2012, en concordancia con la ley Orgánica del Poder Público Municipal, a su vez solicito al Tribunal se me expida un (1) Juego de copias certificadas de la presente acta es todo. En este estado Solicita el derecho de palabra el Abogado Asistente de la parte actora Abogado César Tovar González, y expone: estoy conforme con la Reincorporación a su antiguo sitio de Trabajo de mi asistida ciudadana Pastora Coromoto Rodríguez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.576.971, e igualmente estoy conforme con lo expuesto por el ciudadano Sindico Procurador Municipal de este Municipio en el cuerpo de esta acta, y por cuanto no consta a un dictamen ha cerca de la experticia complementaria del fallo ordenada por el Tribunal de la causa, me reservo en nombre de mi asistida el derecho de solicitar por ante el Juez Comitente su materialización, pero en caso de que el Municipio a través de la Oficina de Recursos Humano llegare a ofertar un monto aceptable a cerca de los Sueldos dejados de percibir por mi asistida durante el tiempo que estuvo fuera de el podríamos considerar, a su vez se me expida un (1) Juego de copias Certificada de la presente acta y del despacho de Comisión cursante a los folios uno (1) al folio Dos (2), es todo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas Visto lo expuesto por el Sindico Procurador de la mencionada Alcaldía Abogado Carlos Ortzi Pérez Astorquiza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.566, quien le manifiesta al Tribunal que Incorpora a su sitio de Trabajo es decir en el Registro Civil de dicha Alcaldía a la ciudadana Pastora Coromoto Rodríguez Alvarado, antes identificada, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Ejecutada la Medida de Reincorporación de la ciudadana Pastora Coromoto Rodríguez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.576.971, y se deja en posesión de su antiguo puesto de Trabajo, es decir Secretaria del Registro Civil, dependiente de la Alcaldía del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, ahora bien en cuanto al Pago de los Salarios Caídos y oída la exposición del Abogado asistente de la parte actora, este Tribunal acuerda Remitir las presentes actuaciones al Tribunal Comitente a los fines de llevar acabo el nombramiento de los expertos para el calculo de lo dejado de percibir por la ciudadana Pastora Coromoto Rodríguez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.576.971, desde el momento de su desincorporación, asimismo acuerda expedirle Dos (2) Juegos de copias certificadas de las presentes actuaciones; una de ella con el debido despacho de Comisión y solicitada en este acto por la parte actora, a su vez se procede a dar cumplimiento a lo pautado en los artículos 188 y 189 ambos del Código de Procedimiento Civil, y a lo ordenado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su oficio identificado con las siglas TPE-01-680, de fecha 04 de Julio del año Dos Mil Uno (2001), donde ordena que todos los autos, decisiones y demás providencias dictadas por los funcionarios judiciales, así como la documentación que tenga que ser suscrita por los auxiliares de justicia, deberá contener, además de la firma del funcionario, la expresa mención del nombre y apellido, así como el cargo que ostenta, todo a los fines de brindar una mayor seguridad jurídica. A continuación el Secretario Titular, da lectura a la presente acta y el Tribunal hace constar que la misma carece de enmiendas, tachaduras y borrones, finalmente cumplida como ha sido y no teniendo otra diligencia que realizar acuerda regresar a su sede natural, es Todo, Terminó se Leyó y conformes firman.
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE
ACTORA
ABG. CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ
PARTE ACTORA
CIUD. PASTORA COROMOTO RODRÍGUEZ ALVARADO
NOTIFICADOS
DR. DOUGLAS RAFAEL SIONCHEZ
(Alcalde del Municipio Urachiche)
ABG. CARLOS ORTZI PÉREZ ASTORQUIZA
(Sindico Procurador Municipal)
COMISIÓN DE LA POLICÍA UNIFORMADA DEL MUNICIPIO URACHICHE AL MANDO DEL OFICIAL AGREGADO:
CIUD. ANTONIO JOSÉ SOSA OCHOA
EL ALGUACIL,
CIUD. DOUGLAS EDUARDO ESCALONA DAZA
EL SECRETARIO,
ABG. VIILASMIL ANTONIO PETIT APONTE