ASUNTO: FP02-V-2010-000083
RESOLUCIÓN Nº: PJ0842011000335

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

PARTE DEMANDANTE: Ciudadana: MARYORIS JOSEFINA SOLIS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.894.281.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE:
Ciudadano: WALFREDO MENDES ARAY, abogado en ejercicio, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

PARTE DEMANDADA:
Ciudadano: MIGUEL ANGEL CAPELLA CARMONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.041.118.
MOTIVO: IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD.


Por cuanto se observa que la última actuación practicada en la presente causa fue realizada en fecha 23 de Septiembre de 2010, sin que ninguna de las partes haya ejecutado algún acto del procedimiento hasta la presente fecha, el cual excede de un año, según consta en el folio CUARENTA Y UNO (41), sin que la causa se encuentre en estado de sentencia, este tribunal hace las siguientes consideraciones:
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil establece: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.
De lo antes señalado se evidencia que hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin que las partes hayan ejecutado ningún acto de procedimiento, razón por la cual este Tribunal Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando como Juez de Origen y en funciones de Transición en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase y archívese el expediente.

EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO DE PROTECCION


DR. MIGUEL ÁNGEL PETIT PÉREZ


EL SECRETARIO DE SALA


DR. HECTOR GREGORIO MARTINEZ JAIME
MAPP/hgmj.