REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
Horas de Despacho del día de hoy, 11 de Abril del Dos Mil Doce, Comparece previa citación por ante este Despacho la ciudadana: MARIA GREGORIA RIVERO GAMEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.579.862, domiciliada en la Calle Principal Sector el Calvario Poa Poa, punto de referencia frente a la Cancha Municipio Bruzual Estado Yaracuy, y expone: Por cuanto tengo conocimiento que por ante este Juzgado cursa Solicitud de Reconocimiento de Contenido de Documento de Compra venta Privado, Marcado con la letra “A” presentado por la ciudadana: REINA JOSEFINA PEREZ DE OSORIO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.511.350 y de este domicilio, Me Doy por citada, renuncio al lapso de comparecencia y teniendo a la vista el Documento Privado en referencia declaro: LO RECONOZCO POR SER CIERTO Y RECONOZCO COMO MIA LA FIRMA QUE APARECE SUSCRIBIENDOLO. DONDE LE VENDI UNAS BIENHECHURIAS CONSISTENTE EN UNA CASA UBICADA EN EL SECTOR SABANA LARGA MUNICIPIO BRUZUAL ESTADO YARACUY. El Tribunal vista la anterior exposición, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Legalmente Reconocido el Documento Privado que acompaña a la presente Solicitud de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.364 del Código Civil Venezolano Vigente. Asi mismo este documento tiene la fuerza Probatoria de Público de acuerdo al Articulo 1.363 Código Civil Venezolano Vigente. Del mismo modo evacuada como ha sido la presente solicitud, se acuerda devolver Original de todo lo actuado a la Solicitante, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada por la Secretaria del despacho. Désele salida en el Libro respectivo y tómese razón en el Diario.
El Juez
Abg. Efraín Ballester Acosta
El Reconocedor
La Secretaria
Abg. Erlen Martinez.
Abg. EBA/EM/gc
Solicitud N° 1928-2012