REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 18 de Abril de 2012
Años: 201° y 152°

Vista la Solicitud que encabeza las presentes actuaciones así como las declaraciones de los testigos presentados por las parte interesada ciudadanas: MARIA ENRIQUETA CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.728.185, domiciliada en la Vereda 20, Casa Nro. 03, Urbanización San Antonio Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy y YURAIMA DEL CARMEN LOPEZ CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.919.884, domiciliada en San Antonio Vereda 20, Casa Nro. 03, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS, este Juzgado Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: GABRIEL CASTILLO VASQUEZ, CLEIBER JOSE CASTILLO VASQUEZ, YSAMARY DEL CARMEN CASTILLO VASQUEZ, YURBY NAILETH CASTILLO VASQUEZ, SAIRETH GABRIELA CASTILLO VASQUEZ, ZUILMA CATALINA CASTILLO DE ESCALONA y EMIGDIA COROMOTO CASTILLO DE PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.912.326, V-13.503.700, V-14.919.780, V-15.482.427, V-18.881.130, V-11.651.517 y V-13.503.714 respectivamente en su carácter de esposo e hijos de la ciudadana: JUDITH COROMOTO VASQUEZ DE CASTILLO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- V-4.477.356, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la prenombrada de cujus, tal como consta en el acta de Defunción que corre inserta al folio Seis (6) de la presente solicitud, emanada de la Comisión de Registro Civil y Electoral Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual Estado Yaracuy Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia Certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el N° 1927/2012. Déjese constancia en el Libro Diario.

El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta

La Secretaria

Abg. Erlen Martínez

Abg. EBA/EM/gc