REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 24 de Abril del 2012
Años: 201° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentadºos por la parte interesada, ciudadanos: JORGE LUIS DORANTE GOMEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.727.400 domiciliado en la Avenida los Leones Santa Bárbara de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y AMELIA TIBISAY SIVIRA CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.313.557 y domiciliada en la Avenida 8 entre Calles 2 y 3 de la Lucha de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano SANTA MARIA CASTILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.372.997 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dicen poseer sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Calle 12 entre vereda 1 y vereda 2, Comunidad Daniel Carias Limas de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 158,48 Mts2 y un área de Construcción de 107,03 Mts2, dicha bienhechuria consiste en un (1) casa, construida con paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: un (1) porche, una (1) sala con una (1) puerta de entrada de lamina de hierro, tres (3) habitaciones con puertas y ventanas de hierro, una (1) cocina empotrada en cerámica-comedor con una ventana de hierro y una (1) puerta de hierro, un (1) baño empotrado en cerámica con una (1) puerta de hierro y lavandero con sus servicios de electricidad cloacas y aguas blancas y cercada perimetralmente con paredes de bloques, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Reinaldo Torrealba en 14,80 ml; SUR: Casa que es o fue de Flor Hernández en 14,30 ml; ESTE: Casa que es o fue de Gregoria Rodríguez en 11,00 ml OESTE: Calle 12 ( su frente) en 10,80 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 AU 106 48 20 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 29 de Febrero del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la partes interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1979/2012.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.