Hoy, Doce (12) de Abril del año Dos Mil Doce (2012), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m), se trasladó y constituyó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, integrada por el Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.010.216, en su carácter de Juez Titular, la Secretaria Titular CARMEN PINTO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.504.201 y el Alguacil Accidental, JUAN RAFAEL JIMENEZ PINEDA , Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.081.478, en un callejón sin nombre, frente al Instituto Vocacional de Venezuela (INSTIVO) inmueble ubicado en las adyacencias de la carretera Salom, Sector Las Lagunas, Municipio Nirgua Estado Yaracuy, con una superficie de ciento doce metros cuadrados (112MTRS 2), alinderado así: NORTE: Siendo su frente con cerca de alfajor y ramal carretera o callejón del mencionado sector; SUR: Con paredes de terrenos de Arelis Huérfano Castro; ESTE: Con camino vecinal de la comunidad, cerca de alfajor en medio y OESTE: Con terrenos de la señora Diocelina Huérfano de Berrio, sitio indicado por la parte interesada a objeto de practicar la Ejecución de Sentencia, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en el Juicio de acción de INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACION, seguido por el Abogado, ciudadano: LUIS FERNANDO AGUILAR GARCIA, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: LOIDA CASTRO MONCADA, contra los ciudadanos: PEDRO JOSE BERRIOS OSORIO y DIOCELINA HUERFANO CASTRO. Estando presente el Apoderado de la parte Actora Abogado, ciudadano: LUIS FERNANDO AGUILAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.624.180, Inpreabogado Nº 151.594 y de este domicilio. Presente la parte Actora ciudadana: LOIDA CASTRO MONCADA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.363.412, con domicilio en este misma población. Presentes también una Comisión de la Guardia Nacional del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, integrada por el ciudadano: S/I ROSENDO MUJICA CLEIBIS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.822.471, adscrito al Tercer Pelotón Segunda Compañía, Destacamento N° 45, Comando Regional N° 4, Nirgua Estado Yaracuy, con domicilio en este Municipio Nirgua Estado Yaracuy. De conformidad con lo establecido en el Artículo 591 del Código de Procedimiento Civil se designa cerrajero al ciudadano: GUSTAVO ANTONIO MONTOYA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.725.271, con domicilio en este Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, quien acepta el cargo para el cual ha sido nombrado. No se notifico persona alguna por cuanto en el lugar no se encontraba nadie. En este estado intervienen el Apoderado Judicial de la parte Actora, ciudadano: LUIS FERNANDO AGUILAR GARCIA, anteriormente identificado y expone: Constituido como estamos en el lugar objeto de la presente medida, solicito respetuosamente se ejecute la medida decretada por el Juzgado de la Causa. Solicito se me expida copia simple de la presente acta. Es Todo”. En este estado el Tribunal, ordenó al cerrajero designado a tal efecto abrir el portón principal para dar acceso a la parte Actora a las instalaciones del inmueble objeto de la presente demanda. Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: la ejecución del Decreto al Amparo ordenado por el Tribunal de la Causa y pone en posesión y libre de perturbación del referido inmueble, ubicado en las adyacencias de la carretera vía a Salom, Sector Las Lagunas, Municipio Nirgua Estado Yaracuy, a la ciudadana: LOIDA CASTRO MONCADA, anteriormente identificada. El Tribunal habiendo cumplido su misión ordena su regreso a su sede siendo la una de la tarde (1 p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.-

El JUEZ,


Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES






LA PARTE. ACTORA,




El APODERADO DE LA PARTE ACTORA,


EL CERRAJERO





LA COMISION DE LA G.N.B.




EL ALGUACIL ACCIDENTAL,
JUAN RAFAEL JIMENEZ


LA SECRETARIA,
CARMEN PINTO