REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, viernes tres (03) de agosto de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ACTA DE DESISTIMIENTO

ASUNTO N° LP21-L-2011-000399
PARTE ACTORA: Ciudadano DOMINGO ROJAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.649.053.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDANTE: SURLEY TERESA LOPEZ y YLDEMARO ESTEBAN MORALES MORALES.
PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, en la persona de su Rector, ciudadano MARIO BONUCCI ROSSINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.595.968.
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ALEJANDRA CASTILLO DE TASSONE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.776.
MOTIVO: COBRO DE HORAS EXTRAORDINARIAS.

En el día hábil de hoy, viernes tres (03) de agosto de 2012, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandada representada por su coapoderada judicial la abogada MARIA ALEJANDRA CASTILLO DE TASSONE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.776, según poder autenticado que se agrega en copia certificada en este acto, y de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de representantes judiciales debidamente acreditados, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Egli M. Dugarte



MARIA ALEJANDRA CASTILLO DE TASSONE