ASUNTO: FP02-V-2011-001174
RESOLUCIÓN N° PJ0822012000459

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Vista la diligencia de fecha 27 de Junio del 2012, interpuesta por el ciudadano LUIS E. LOPEZ RENDON, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 99.212, apoderado judicial de la ciudadana YUMILVA ARTEAGA, plenamente identificada en autos, mediante la cual solicita que se decrete medida preventiva de embargo al ciudadano ROBERTO LUIS HURTADO JIMENEZ; el Tribunal en atención a la medida en ella solicitada y de conformidad con lo previsto en los artículos 466-B de la LOPNNA y 585 del CPC, pasa a resolver y al efecto DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre SEIS (06) MESES O CUOTAS, de obligación de manutención futura a razón de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo) cada una de las Prestaciones Sociales, las cuales serán descontadas por nómina por el patrono de inmediato, suma esta que deberán enviar en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal. Líbrese el oficio. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.------------------------------
El Juez (1º) de Mediación.


Dr. Bernabé Antonio Perez Castaño.
La Secretaria de Sala.

Abg.

FGP/Ryna Sano.-