REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
El Vigía, nueve (09) de Agosto de Dos Mil doce.


202º y 153 º


En el día de actividad jurisdiccional de hoy jueves nueve (09) de Agosto de 2012, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Fijación Obligación de Manutención; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que hizo acto de presencia la ciudadana YURI KATERINE AREVALO GALVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.307.685, de igual manera se deja constancia que hizo acto de presencia el ciudadano CARLOS ALBERTO MANRIQUE GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.678.331. Así mismo se deja constancia que estuvo presente la Defensora Pública Primera MARY ROSA ZAMBRANO MORALES. Dirige y preside el acto la Jueza Primera de Mediación y Sustanciación Abg. Alix Milena Márquez Jaimes, y como Secretarial la Abg. María Fabiola Chacón Ortiz. Se declara abierta la audiencia,
se le concede la palabra al ciudadano CARLOS ALBERTO MANRIQUE GUERRERO, quien expuso:”Ofrezco darle a la niña QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) mensuales, como bono escolar en el mes de Agosto ofrezco SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 750,00) y como bono del mes de Diciembre ofrezco UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00, autorizo el descuento de mi nómina de estos montos, estos montos se harán a partir del mes de Septiembre, me comprometo a hacer el pago de la mensualidad del mes de Agosto del año 2012 mas el bono escolar del año 2012, se lo daré directamente a la madre de la niña ciudadana YURI KATERINE AREVALO GALVIS, quien le firmará un recibo, dicho pago del mes de Agosto se hará el día 28 de Agosto del este año)”. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana YURI KATERINE AREVALO GALVIS, quien expuso: “estoy de acuerdo con lo que ofrece
el padre de la niña ciudadano CARLOS ALBERTO MANRIQUE GUERRERO, solicito se homologue
el presente convenimiento”. Visto el convenimiento al que llegaron las partes ciudadanos YURI KATERINE AREVALO GALVIS y CARLOS ALBERTO MANRIQUE GUERRERO, esta Juzgadora del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad a lo establecido en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el presente procedimiento y declara terminado el proceso, así mismo se ordena Librar el respectivo oficio al Jefe de Recursos Humanos del Cuerpo de Bomberos del Estado Mérida, con copia certificada de la sentencia a los fines de que procedan a realizar el descuento correspondiente de la nómina del ciudadano CARLOS ALBERTO MANRIQUE GUERRERO. Igualmente se ordena Oficiar a la Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones adscrita a este Circuito judicial a los fines de que aperturen una cuenta de Ahorros a nombre
de la ciudadana YURI KATERINE AREVALO GALVIS, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, de
seis (06) años de edad. Cúmplase. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.-------------

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. ALIX MILENA MÁRQUEZ JAIMES


YURI KATERINE AREVALO GALVIS
LA PARTE DEMANDADA


CARLOS ALBERTO MANRIQUE GUERRERO
LA PARTE DEMANDADA


ABG. MARY ROSA ZAMBRANO MORALES
DEFENSORA PÚBLICA PRIMERA

LA SECRETARIA

ABG. MARÍA FABIOLA CHACÓN ORTÍZ.
Exp. Nº JMS-0961-12