REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 14 de Diciembre del 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ZIOLIS YULEIMA NOGUERA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.937.920 domiciliada en la Urbanización Vicente Lambruschini, tercer estacionamiento, Vereda 3, Casa Nº 12 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y : LORENA TIBISAY LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.319.702 y domiciliada en la Avenida 4 entre Calle 19 y 20 del Sector Peguaima de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del la ciudadana ROSMAR ELENA QUIÑONEZ DOMINGUEZ , Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 17.612.861 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Calle 12 entre Vereda 2 y Avenida Fermín Calderón Comunidad Daniel Carias Lima de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 206,12 Mts2 y un Área de Construcción de 129,97 Mts2, dichas bienhechurías consisten en : una (1) casa de paredes de bloques frisados, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: un (1) porche, una (1) sala con una (1) puerta y una (1) ventana de hierro, la ventana con protector de hierro, una (1) cocina, un (1) comedor con una (1) ventana de hierro la ventana con protector de hierro, dos (2) habitaciones ambas con puertas de madera y una (1) con una ventana de hierro y protector de hierro, un (1) baño con una (1) puerta de madera y un (1) corredor trasero con enrejillado y puerta trasera de enrejillado, cercadas dichas bienhechuría perimetralmente con paredes de bloque rustico , con servicios de aguas blancas , cloacas y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Franklin Vargas en 24,65 ml; SUR: Casa que es o fue de Wilfredo Regalado en 24,50 ml; ESTE: Canal de Desagüe en 8,13 ml OESTE: Calle 12 ( su frente) en 8,65 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 106 46 16, emitido por la Dirección de Catastro Municipal de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 26 de Noviembre del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2384/2012.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.