REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 10 de Diciembre de 2012
202º y 153º

RESOLUCIÓN N°: PJ0252012000399
ASUNTO: FP02-S-2012-004792

Revisado como ha sido el escrito de solicitud que antecede, presentado por los ciudadanos CARLOS VICENTE TORREALBA PANTOJA y DORIS MAIGUALIDA LOPEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nº V-6.359.448 y V-3.975.302, respectivamente, debidamente asistidos por las Abogadas en ejercicio LUZ ADRIANA SANCHEZ y ALBANYS ALCALA, inscritas en el inpreabogado bajo los Nº 92.642 y 138.580, contentivo de la solicitud de DIVORCIO 185-A, y en fecha 04-02-2012, el tribunal insto a los solicitantes consignar, copia certificada de el acta de matrimonio y señalar su ultimo domicilio conyugal, dentro de un lapso de tres días hábiles de despacho, y hasta la presente fecha, la parte interesada no ha comparecido a los fines de subsanar la omisión cometida, requisitos fundamentales para demostrar el vinculo de unión matrimonial y la competencia. Imposibilitando a este juzgado cumplir con el contenido de la misma; en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, se desestima la admisión de dicha solicitud, y se declara INADMISIBLE. Dese por terminado y archívese la presente causa.

El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria

Abg. Inocencia Linero