REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Puerto Ordaz, diecisiete de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: FP11-G-2012-000058
Concluido diez (10) de diciembre de 2012 el lapso de pruebas abierto en la Demanda Funcionarial incoada por la ciudadana ANALY COROMOTO BASTIDAS DE HOLMQUIST contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR, presentaron escritos de promoción de pruebas el diez (10) de diciembre de 2012 los abogados Leonardo Enrique Rangel y Salvador Godoy, en su carácter de abogados sustitutos del Procurador General del Estado Bolívar, parte demandada y la abogada Tibisay Lara Ojeda, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, procede en consecuencia, este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas.
En relación a las pruebas promovidas por la parte demandada, este Juzgado Superior observa:
En cuanto a las documentales promovidas, este Juzgado Superior las admite, por no evidenciarse su manifiesta ilegalidad e impertinencia, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. Así se decide.
En relación a las pruebas promovidas por la parte demandante, este Juzgado Superior observa:
En cuanto a las documentales promovidas, este Juzgado Superior las admite, por no evidenciarse su manifiesta ilegalidad e impertinencia, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. Así se decide.
LA JUEZA
BETTI OVALLES LOBO
LA SECRETARIA
ANNA FLORES FABRIS
BOL/aff/abl
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