ASUNTO: FP02-V-2012-001062.
RESOLUCION: PJ0832012001634.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA DECLARANDO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA
En horas hábiles del día de hoy 12/12/12, siendo la UNA Y TREINTA DELA TARDE día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: Yaselin Aviles y Jorge Marin, titulares de la Cedulas de Identidad Nros: 17.163.627 y 15.125.067, respectivamente, en la causa por FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del niño: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de siete años de edad, el Tribunal deja constancia de que no comparecieron ninguna de las partes, ya identificadas, a la presente audiencia, por lo cual este Tribunal administradno justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes y en tal virtud EXTINGUIDA LA INSTANCIA, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las dos y veinte de la tarde.-----------------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION
DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
EL SECRETARIO.
DR. HECTOR MARTINEZ JAIME.
FGP/fgp.
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