REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 25 de Enero del 2012
Años: 201° y 152°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JORGE ENRIQUE TORREALBA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.459.830 domiciliado en la Avenida 11 entre Calles 10 y 11 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ANTONIO JOSE GONZALEZ CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.706.507 y domiciliado en la Avenida 11 entre Calles 11 y 12 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ROSANGELA ECLEMIR SIRA BRANDT, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.997.766 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dicen poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Avenida Bolívar de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 545,30 Mts2 y un área de Construcción de 271,69 Mts2, dicha bienhechuria posee las siguientes características: una (1) casa familiar, con paredes de bloques, estructura del techo, corroas metálicas de 2 x 1 y cuartones de madera cubierta de acerolit, piso de cerámica, acabado friso liso, distribuida en tres (3) habitaciones, sala de estar, cocina comedor, un (1) baño, porche con enrejillado metálico y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Alexis Rodríguez; SUR: Avenida Bolívar ( su frente); ESTE: Calle Capuchino OESTE: Casa que es o fue de Gudelia Sira; según se evidencia en la Constancia emitida por el Comité de Hábitat y Vivienda del Consejo Comunal “ Santa Catalina de Alejandría Sector el Centro” de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 09 de Abril del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1836/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.