REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 20 de enero de 2012
201º y 152º
Asunto: FP02-S-2010-001778
Resolución Nº: PJ0262012000012
Vista la diligencia presentada por los ciudadanos SIGFRIDO ANTONIO FLORES MORA e IVONNE ROSALINES MENDOZA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 11.516.172 y 14.517.895, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada YELI RIVERO, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 84.605, mediante el cual manifestaron haberse producido entre ellos una reconciliación y solicitando al Tribunal dejar sin efecto la presente solicitud de separación de cuerpos, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, declara terminado el presente procedimiento, por haberse producido entre los cónyuges la reconciliación alegada por ambos. Se acuerda devolver los documentos originales acompañados a la presente solicitud, previa certificación en autos. Se ordena el archivo del presente expediente. Así se Decide.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria ,
Abg. Helene Lanz Golding
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez y treinta (10:30 a.m.) de la mañana.
La Secretaria ,
Abg. Helene Lanz Golding
NAR/hl
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