REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 23 de enero de 2012
201º y 152º


Asunto: FP02-S-2012-000005
Resolución Nº: PJ0262012000016

Vista la diligencia presentada por la ciudadana DELIA ARMINDA CEDEÑO DE MURATI venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.854.500, debidamente asistida en este acto por la abogada SONIA DEL VALLE GUZMAN RONDON. en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 132.378, mediante el cual desiste de la presente solicitud de justificativo de testigos, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, observa que la parte solicitante tiene facultad para disponer del derecho en litigio y que se trata de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, cuestión por la cual se imparte, la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO de la solicitud identificada, de conformidad con los artículos 264 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente expediente y se ordena su archivo definitivo. Igualmente se acuerda devolver los documentos originales acompañados a la presente solicitud, previa su certificación en autos. Así se Decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la federación.
El Juez,

Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).

La Secretaria ,

Abg. Helene Lanz Golding
NAR/hl/