SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE SUSTANCIACION
SIN PRESENCIA DE LAS PARTES

En horas hábiles del día de hoy 18/01/12, siendo las Nueve y Treinta (09:30 Am) de la Mañana día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: NINOSKA MILGAROS BOLIVAR PEREZ y JORGE JOSE GUEVARA SUAREZ, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V- 8.895.316 y 13.156.888, respectivamente, en la causa de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de la niña: (Identidad omitida según articulo 65 de la LOPNNA.)

, de Once (11) años de edad. Se deja expresa constancia que al mismo no compareció ninguna de las partes y en forma especial la parte demandante ciudadana: NINOSKA MILGAROS BOLIVAR PEREZ, por lo cual, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 477, Segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA SECRETARIA DE SALA

Abg. Neila Ramona Brizuela.